La nacionalidad española por residencia es la vía por la que muchos ciudadanos extranjeros, residentes legales en España, acceden a la ciudadanía española, y para ello la persona solicitante debe acreditar que ha venido residiendo en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Ahora bien, existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce; estos casos son:
5 años: para aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
2 años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
1 año:
“La paciencia es amarga, pero sus frutos son dulces”
Jean Jacques Rousseau
©Derechos de autor. Todos los derechos reservados.
Necesitamos su consentimiento para cargar las traducciones
Utilizamos un servicio de terceros para traducir el contenido del sitio web que puede recopilar datos sobre su actividad. Por favor revise los detalles en la política de privacidad y acepte el servicio para ver las traducciones.